Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones
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Fecha de actualización: 08/05/2016
Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas | Fuente Legal | Enlace |
Elaborar, aprobar y modificar el plan comunal de desarrollo cuya aplicación deberá armonizar con los planes regionales y nacionales. | Art. 3º a) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
La planificación y regulación de la comuna y la confección del plan regulador comunal, de acuerdo con las normas legales vigentes. | Art. 3º b) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
La promoción del desarrollo comunitario. | Art. 3º c) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Aplicar las disposiciones sobre tranporte y tránsito público, dentro de la comuna, en la forma que determinen las leyes y las norms técnicas de carácter general que dicte el ministerio respectivo. | Art. 3º d) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Aplicar las disposiciones sobre construcción y urbanización, en la forma que determinen las leyes, sujetándose a las normas técnicas de carácter general que dicte el Ministerio respectivo. | Art. 3º e) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
El aseo y ornato de la comuna. | Art. 3º f) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
La educación y la cultura. | Art. 4º a) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
La salud pública y la protección del medio ambiente. | Art. 4º b) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
La asistencia social y jurÃdica. | Art. 4º c) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
La capacitación, la promoción del empleo y el fomento productivo. | Art. 4º d) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
El turismo, el deporte y la recreación. | Art. 4º e) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
La urbanización, y la vialidad urbana y rural. | Art. 4º f) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
La construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias. | Art. 4º g) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
El transporte y tránsito públicos. | Art. 4º h) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
El apoyo y el fomento de medidas de prevención en materia de seguridad ciudadana y colaborar en su implementación, sin perjucio de lo dispuesto en el inciso tercero del artÃculo 90 de la Constitución. | Art. 4º i) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
La prevención de riesgos y la prestación de auxilio en situaciones de emergencia o catástrofes. | Art. 4º j) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
La promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. | Art. 4º k) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
El dearrollo de actividades de interés común en el ámbito local. | Art. 4º l) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Ejecutar el plan comunal de desarrollo y los programas necesarios para su cumplimiento. | Art. 5º a) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
Elaborar, aprobar,modificar y ejecutar el presupuesto municipal. | Art. 5º b) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público, incluido su subsuelo, existentes en la comuna. | Art. 5º c) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
Dictar resoluciones obligatorias con carácter general o particular. | Art. 5º d) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Adquirir y enejenar, bienes muebles e inmuebles. | Art. 5º f) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Otorgar subvenciones y aportes para fines especÃficos a personas jurÃdicas de carácter público o privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de sus funciones. | Art. 5º g) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Aplicar tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación local y estén destinados a obras de desarrollo comunal. | Art. 5º h) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Constituir corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro, destinadas a la promoción y difusión del arte y la cultura. | Art. 5º k) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Establecer, en el ámbito de las comunas o agrupación de comunas, territorios denominados unidades vecinales, con el objeto de propender a un desarrollo equilibrado. | Art. 5º k) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Aprobar los planes reguladores comunales y los planes seccionales de comunas que formen parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal. | Art. 5º k) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Las atribuciones que le confieren las leyes o que versen sobre materias que la Constitución PolÃtica de la República expresamente ha encargado sean reguladas por la ley común. | Art. 5º k) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Colaborar en la fiscalización y en el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes a la protección del medio ambiente, dentro de los lÃmites comunales. | Art. 5º k) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Asociarse entre Municipalidades para el cumplimiento de sus fines propios | Art. 5º k) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Celebrar convenios con otros órganos de la Administración del Estado en las condiciones que señale la ley respectiva | Art. 8º Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Celebrar contratos que impliquen la ejecución de acciones determinadas | Art. 8º Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Otorgar concesiones para la prestación de determinados servicios municipales o para la administración de establecimientos o bienes | Art. 8º Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |